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 Cibercriminalidad Sexual: De lo que se habla poco, delitos relacionados a imágenes de abuso sexual infantil
Columnistas Mariel Suarez

Cibercriminalidad Sexual: De lo que se habla poco, delitos relacionados a imágenes de abuso sexual infantil

17 enero, 2024

Por Mariel Suárez

Abogada especialista en derecho penal.
Experta en Derechos Digitales.
Triple Magister Cibercrimen Ciberseguridad y Perito Informática Forense.
Profesora invitada en Universidades extranjeras, autora de publicaciones varias.

Se trata de un tema de alta sensibilidad, el cual creo que resulta obligatorio y necesario, se instale en la sociedad, como uno de los temas relevantes para discutir, educarse e informarse, sin perjuicio de que el tema no genere muchos likes, puntos de rating o votos para candidatos políticos. La relevancia del delito, por las consecuencias que genera en las víctimas y en la sociedad misma,  requiere que este en la agenda pública.

Sucede, que muchas veces, los casos no se hacen públicos, porque los operadores de la justicia son reticentes a brindar información, pero en Chubut y en Argentina, los casos cada vez son más y desde la pandemia el incremento ha sido de una manera desproporcionada.

Paradójicamente, internet ha favorecido la comisión de este tipo de hechos pero no ha promocionado la difusión masiva de los  hechos que se investigan entorno a estos delitos, como tampoco cuestiones vinculadas a su prevención o forma de denunciarlos. En esta nota, les voy a contar de que se trata y como denunciarlos.

De los delitos entorno a las imágenes de abuso sexual infantil

Principalmente, alguien que se llame experto en la materia, debe dejar de usar el término “pornografía infantil”  porque ese término, pornografía, está vinculado a un show o espectáculo, que se origina o produce a partir de haberse brindado el consentimiento para hacerlo y, no puede, de ninguna forma, interpretarse que los niños tienen consentimiento para este tipo de actos. Ese término debe ser erradicado definitivamente cuando hablamos de abuso sexual infantil.

Cuando hablamos de delitos que se vinculan a las imágenes o representaciones de abuso sexual infantil, justamente, lo que se protege es la indemnidad o integridad sexual del niño, niña o adolescente, hasta los 18 años según nuestro Código Penal.

El abanico de delitos que pueden cometerse va desde la descarga y tenencia del material que contiene imágenes de abuso sexual infantil hasta la publicación, la distribución gratuita u onerosa, ofrecimiento, divulgación o publicación.

Lo importante de ello, es entender, que detrás de una imagen, hay un niño, niña u adolescente que está siendo abusado para producir ese material, lo que constituye otro delito de mayor gravedad, el abuso sexual infantil propiamente dicho.

El “consumo” de estas imágenes, alienta su producción, de allí la gravedad y la importancia de combatir este tipo de delitos, que están incluidos en la llamada cibercriminalidad.

Formas de comisión del delito

Este tipo de delitos, no distingue clases sociales, ni edades, ni géneros. Las imágenes se descargan, distribuyen o promocionan, mediante aplicaciones de chats privados y cifrados, como telegram o signal, twinme o Threema,  en los que actualmente, no se requiere la identificación y vinculación a un número de teléfono. También se opera a través de aplicaciones P2P como torrent, por lo cual no se necesita usar la dark web para cometer este tipo de delitos.

En el caso de que se requiera la necesidad de hacer pagos, usan las billeteras  virtuales de dinero local o de criptomonedas, de esta forma evitan usar cuentas bancarias vinculadas al sistema financiero.

Formas de investigación

Lo que no saben, quienes cometen estos delitos, es que en el mundo de internet, todo, absolutamente todo, deja rastros.

Las cuentas que no se vinculan a un teléfono, seguramente, se vinculan a un correo o a un ID. Los usuarios usan internet de sus líneas telefónicas personales o de un domicilio particular o de lugares públicos, pero, todas ellas cuentan con una IP pública o privada para poder dar con el usuario. Cuando se crean los correos, también se usan redes de internet que tienen IP. Una IP es el protocolo de conexión, una especie de identificación del usuario para ingresar al mundo de internet, sin ello, nadie se puede conectar a la red.

Existen softwares a nivel mundial que detentan el tráfico de estas imágenes, las que son analizadas por otros softwares y personas, que las clasifican y reportan a cada país involucrado.

Argentina tiene convenio con una de las ONGs más importantes a nivel mundial en la lucha contra el abuso sexual y la explotación infantil, conocida con las siglas NCMEC que significa National Center for Missing and Exploited Children.

El NCMEC reporta las imágenes al Ministerio Publico Fiscal de La Ciudad de Buenos Aires y este las distribuye a cada Ministerio público nacional o provincial según la localización de la IP.

Allí arranca la investigación. Los operadores de los distintos Ministerios Fiscales,  analizan los hechos reportados y las imágenes acompañadas por la ONG, posteriormente, si lo considerar apropiado para la investigación, solicitan medidas de allanamiento para recuperar el material electrónico involucrado y así hacerse de la evidencia digital necesaria para imputar los hechos, o sea, el material original, IPs publicas y privadas, datos de conexión, usuarios que accedieron a la red, dispersivos conectados, etc.

A partir de allí, deciden si cuentan con los elementos necesarios para imputar el hecho. Puede ocurrir que  la misma persona que tenga el material, este produciéndolo mediante el abuso de un niño de su grupo familiar, algo que ha ocurrido muchas veces en Comodoro, y que sea necesario rescatar a ese niño, si se comprueba que es quien aparece en el material analizado. Todo ello, se realiza mediante orden judicial, requerida por el Fiscal de turno. Colectado el material, resguardo el niño si es el caso, e imputado el hecho, la investigación sigue su curso. Hay casos en que la deficiencia en la investigación y el notable desconocimiento de los operadores judiciales en la materia, provocan que los casos no terminen en condenas.

En este tipo de delitos, el principal afectado es el niño abusado, pero no es el único afectado, la sociedad toda se ve afectada por las consecuencias de ese abuso y por supuesto también el entorno familiar de quien lo comete. Cada delito tiene una repercusión social importante.

Como  y donde denunciar.

Las empresas, organismos del Estado o Instituciones educativas públicas o privadas, que detecten estos comportamientos, o los particulares que hayan advertido el consumo de este material por parte de un familiar o amigo, pueden recurrir al Ministerio Publico local, relatar lo percibido y tratar de ir con la mayor cantidad de información o evidencia posible. En muchos casos, lógicamente, no se podrá preservar la identidad en la totalidad del proceso, pues la denuncia, será el pilar fundamental para iniciar la investigación.

Otra forma de denunciar, puede ser a través de la página del NCMEC https://report.cybertip.org/.

Las redes sociales, en su mayoría, cuentan con políticas de privacidad para denunciar la publicación de imágenes con contenido abusivo. Si detectan estas imágenes publicadas en las redes sociales, pueden denunciarla en cada red social, para que procedan a dar de baja la publicación e incluso determinen sanciones al usuario. Si están en un grupo de mensajería instantánea que comparte estas imágenes pueden eliminarla rápidamente de su dispositivo y denunciar ante el grupo y la empresa de mensajería, al usuario que las compartió. Nuestro comportamiento en las redes y dentro de la Internet cuenta. Seamos conscientes.

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