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 Reforma Laboral: ‘’No veo que estas modificaciones generen más puestos laborales’’
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Reforma Laboral: ‘’No veo que estas modificaciones generen más puestos laborales’’

27 septiembre, 2024

En el Programa ‘’En Línea’’ en Petroleros Jerárquicos Radio 106.1, habló Jorge Echelini, abogado laboralista sobre las medidas que anunció el Gobierno Nacional, donde reglamentó el capítulo de trabajo de la Ley Bases, que establece la posibilidad de acordar sistemas de pagos por cese laboral.

El Gobierno reglamentó, con el decreto 847, que se publicó este jueves en el Boletín Oficial, el capítulo laboral de la Ley Bases, por el cual regirá la posibilidad de que, por acuerdo de las partes de un convenio colectivo, se fijen “sistemas de cese” específicos por actividad, en reemplazo del régimen general de indemnizaciones por despido. El abogado Jorge Echelni analizó el capítulo que publicó nación: ‘’ La reforma laboral que reglamentó el gobierno actual, viene a flexibilizar un poco las normas que estaban en vigencia. Así que el primer vistazo que uno encuentra es que las normas obviamente no favorecen a la clase obrera, o por lo menos le quitan cierta rigurosidad que permitirían, porque ese sería el objeto, que hubiera mayor empleo. Me permito tener mis dudas de que esto realmente se logre por lo menos con las normas que han dictado veo que hay recortes de los derechos obtenidos’’.

Además, el abogado laboralista habló sobre el sistema de indemnización y que cambios habrían: ‘’Las indemnizaciones hasta el día de hoy, sacando el sistema que tiene la construcción, que tiene uno muy específico, muy adaptado también al esquema de trabajo, el resto de los trabajadores tienen derecho a cobrar una indemnización cuando se los despiden. Una indemnización normalmente contempla un mes de sueldo por cada año que tiene el trabajador brindando servicios en la empresa. Lo que se propone ahora a través de la ley es que a través de los convenios colectivos puedan modificar ese sistema indemnizatorio e introducir un fondo que será constituido con el aporte o la contribución que hagan los trabajadores o empleadores durante todo el tiempo de servicio y cuando se extingue la relación laboral entre las partes, el trabajador tiene derecho a adquirir lo que está en ese fondo y llevárselo’’.

Por el aporte en el Fondo de Cese Laboral, Echelini dijo que ‘’La ley lo que hablaba era de un mal llamado aporte porque en realidad es una contribución por parte del empleado. No basta con que esté en el convenio colectivo, sino que aparte tiene que haber aceptación expresa del trabajador de adherir a eso. El convenio podría modificarse y tener el Fondo de cese Laboral, donde el trabajador puede elegir no adherir, y seguir con el sistema que estaba vigente cuando yo entró a trabajar. Después hay que ir a la ley y leer la letra chica del convenio porque lo que ha primado acá es la libertad de las partes para poder establecer incluso cómo quieren operativamente que funcione la relación laboral’’; Además, agregó que ‘’La ley 27.742 modifica el artículo 245 que hace referencia a las indemnizaciones por despido sin causa. A diferencia de la UOCRA que lo que tiene es un fondo liquidable indistintamente de la forma en que te vayas acá lo que se reformó es un artículo que hace referencia solamente a los despidos con indemnizaciones. Esto también va a haber que corregirlo porque si no, si yo renuncio ¿tengo o no tengo derecho al fondo? Porque el texto de la ley si yo me quedara con lo que dice textualmente, te diría que si vas a renunciar no tendrías derecho al fondo’’ enfatizó el abogado.

En si estas reformas harán crecer las fuentes de empleos o mejorar las condiciones de trabajo, Jorge Echelini dijo que ‘’El problema es que lo que da empleo son las condiciones del mercado laboral, uno puede facilitar o no la posibilidad de que yo te tenga a prueba más tiempo, pero en realidad, nadie sale a contratar porque a mí ahora en vez de tres meses de prueba me dan seis meses. El DNU había avanzado más después la negociación, como siempre porque obviamente las leyes no se pueden imponer por la fuerza. Trajo menos reformas de lo que se esperaba, pero creo que en algún momento hay que sentarse en serio a regular y analizar la Ley de Contrato de Trabajo del año 1974 reformada seriamente en 1976 y después nunca más volvió a ser tratada. En estos pequeños cambios diría que el eje nuclear es la forma de la indemnización la propuesta de tratar de cambiar porque eso reduciría en cierta forma el costo de despido y el impacto más grande ha sido sacar todas las multas. No lo sienten, pero uno sabe que el haber quitado las multas ha reducido los reclamos indemnizatorios en un 50 o 60%’’ finalizó Echelini.

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