125° Aniversario de Comodoro Rivadavia: memoria, reflexión y compromiso con
LA INDUSTRIA DEL JUICIO QUE NUNCA EXISTIÓ Y LA LEY QUE DECIDIÓ DISCIPLINAR AL TERMÓMETRO
Por: Sergio Marcelo Mammarelli
Abogado laboralista, especialista en negociación colectiva.
Ex Titular de la Catedra de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Nacional de la Patagonia.
Autor de varios libros y Publicaciones.
Ex Ministro Coordinador de la Provincia del Chubut
Esta semana tuvimos de todo. Cierre de la emblemática empresa FATE, un nuevo paro general dispuesto por la CGT, aunque la frutilla del postre fue sin duda el previsible resultado al que arribóel oficialismo y sus aliados al dar media sanción en la Cámara de Diputados al proyecto de reforma laboral. El texto, empero, deberá retornar al Senado, que le había dado media sanción, para que ratifique la eliminación del polémico artículo que proponía reducir los salarios durante las licencias médicas. Así con 135 votos positivos y 115 votos negativos podemos decir hoy que tenemos reforma laboral.
Mi primera reflexión de esta bochornosa ley, de la que todos saben mi opinión, es que, con este resultado, no solo tendremos nueva ley laboral, sino que probablemente también se oficialice el mito más rentable de la política argentina reciente: la famosa “industria del juicio”.
Durante años se repitió con liviandad mediática y contundencia de sobremesa empresaria que en la Argentina existe una maquinaria organizada de abogados laboralistas, jueces cómplices y trabajadores oportunistas dedicados a destruir al empresariado nacional. Una suerte de asociación ilícita federal con delegaciones en cada provincia.
Lo curioso, es que nadie pudo nunca identificar a sus cabecillas. No hay causa penal estructural. No hay sentencia firme que describa su funcionamiento sistémico y no hay investigación judicial que pruebe coordinación delictiva.
Lo que sí está claro es que hay es una frase eficaz. Y las frases eficaces, cuando se repiten lo suficiente, reemplazan a los datos.
El juicio no es causa. Es consecuencia.
Hay una pregunta incómoda que casi nadie formula:
¿Y si los juicios existen porque hubo incumplimiento previo?
El proceso laboral no nace de la nada. No aparece por generación espontánea. Es reactivo. Es posterior. Es la instancia institucional que se activa cuando la relación laboral se rompe mal.
Si el empleador registra correctamente, paga aportes, liquida indemnizaciones conforme a ley y cumple convenios, el juicio prácticamente no existe.
La litigiosidad laboral no es una industria. Es el termómetro de un sistema donde la informalidad estructural supera el 40% en algunos segmentos. Donde millones trabajan sin registración plena. Donde el costo de incumplir, muchas veces, es bajo. Reducir la litigiosidad sin reducir la informalidad es como apagar la alarma sin apagar el incendio.
El análisis económico que incomoda
Hablemos en los términos que la reforma dice respetar: incentivos.
El costo esperado del incumplimiento laboral depende de la probabilidad de demanda multiplicada por el monto de condena esperada. Dicho de otro modo, si una ley reduce intereses, actualizaciones, honorarios, multas y además facilita mecanismos de pago diferido, el efecto económico es evidente: disminuye el costo esperado del incumplimiento.
Sobre esta premisa, cualquier empleador racional puede concluir:
“Si incumplo y me demandan, pagaré menos y más tarde.” Eso no es ideología. Es teoría económica básica.
Y aquí aparece la primera ironía estructural de esta reforma que ya casi es Ley. La única industria que probablemente se active con esta reforma no será la del juicio laboral, sino la del litigio diferido y acumulado.
¿Qué quiere decir esto? Cuando el trabajador no pueda reclamar eficazmente hoy, reclamará mañana. Cuando la reparación sea insuficiente, buscará otras vías. Cuando el derecho laboral se debilita, el conflicto no desaparece: migra.
De este modo, no se elimina el litigio. Se lo transforma. Se lo patea hacia adelante. Se lo concentra.
La historia de nuestro país demuestra que la conflictividad acumulada siempre es más costosa que la conflictividad administrada. Solo es una cuestión de tiempo.
Donde el cumplimiento es alto, el juicio es bajo
En países con baja litigiosidad laboral —Alemania, Países Bajos, Francia— no se redujo el acceso a la justicia para lograrlo. Se fortaleció la inspección.
Se mejoró la registración y paradójicamente, se elevó el costo social del incumplimiento. Menos juicio no fue consecuencia de menos derechos. Por el contrario, fue consecuencia de más cumplimiento.
Sin embargo, aquí en argentina, acabamos de elegir el camino inverso: abaratar el conflicto sin resolver su causa estructural.
El trabajador como variable de ajuste
La reforma no declara que el trabajador sea el problema. Pero lo convierte en la variable de ajuste del sistema. Reduce incentivos a reclamar. Reduce expectativa de condena. Reduce costo del incumplimiento.
Y en la reciente reforma aprobada, hay un detalle que roza lo obsceno y que casi nadie menciona: parte del esquema de fondos de cese y amortiguación se apoya, directa o indirectamente, en el sistema previsional y en la lógica contributiva general. Traducido sin eufemismos, nos encontramos que con los aportes de la jubilación del abuelo se contribuirá a financiar el despido del nieto. Dicho en términos técnicos, el sistema solidario que nació para proteger la vejez termina funcionando como colchón financiero de la flexibilización juvenil.
En conclusión, la mayor novedad de la reciente reforma ha sido la creación de una ingeniería institucional donde la seguridad social deja de ser red protectora para convertirse en garantía indirecta del riesgo empresario.
Confundir litigiosidad con conflicto
La narrativa de la “industria del juicio” parte de un error conceptual grave al confundir litigiosidad con conflicto, donde la litigiosidad es la expresión formal del conflicto. La consecuencia, es que, si la reducimos artificialmente, el conflicto no desaparece. En particular, eso sucederá con todo el universo que la nueva ley “deslaboraliza”. Monotributistas, relaciones fraudulentas disfrazadas de locación de obra o servicios, dejarán de ser trabajo no registrado. Migrarán de la economía informal que, por arte de magia, desde ahora será “economía formal”. La pregunta es por cuánto tiempo.? En lo inmediato tal vez exista reducción artificial de litigiosidad, pero el conflicto no desaparece.
El empleo formal crece cuando la economía crece. Cuando la estabilidad macroeconómica existe y cuando el costo de la ilegalidad es mayor que el de la legalidad y nada de eso se modifica sustancialmente con esta ley.
La ley saldrá. El costo vendrá después.
Esta semana Diputados sancionó la reforma. Probablemente sea celebrada como victoria cultural. Es más, probablemente las estadísticas iniciales muestren menos juicios. Pero las reformas que alteran incentivos sin modificar estructuras siempre presentan una factura diferida.
Si en cinco años la informalidad sigue igual. Si el empleo formal no crece sostenidamente. Si el salario real no se recupera. Si la precarización se profundiza. Entonces quedará en evidencia algo incómodo:
No había industria del juicio. Había industria de incumplimiento tolerado. Y en lugar de combatirla, decidimos abaratarla.
De esta forma, quizás el verdadero éxito político de la reforma aprobada no sea haber reducido litigiosidad. Quizás sea haber logrado que el costo social del incumplimiento deje de verse.
Para que se entienda, el termómetro marcará menos fiebre, pero la infección seguirá avanzando. El problema, es cuando reaparezca —porque reaparecerá— y ya no podremos culpar a los jueces, ni a los abogados, ni a los trabajadores. Será consecuencia de haber legislado, una vez más, contra el mensajero.
